Puerto La Cruz, lunes 21 de mayo de 2012
El caso Barrios
04.01.2012 05:05 AM Contracorriente
Desde Caracas.- En materia de derechos humanos el año 2011 concluyó con una buena noticia. La Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al Estado de Venezuela por el caso de la familia Barrios. Se trata de un caso emblemático por varias razones. En primer lugar, el origen humilde de las víctimas trae a colación un problema estructural del país, pese a tantos discursos de redención: para los pobres no hay justicia. En segundo término, la decisión internacional no sólo hace justicia sino que pone el dedo en la llaga sobre otro lastre que pesa sobre la nación: en Venezuela existen grupos policiales que realizan ejecuciones extrajudiciales y que pueden actuar con saña, como lo evidencia el caso Barrios.
La decisión de la Corte Interamericana se tomó el 24 de noviembre, pero sólo en los días navideños es que trascendió públicamente. Los hechos se resumen de esta forma: entres 1998 y 2011 un total de siete integrantes de la familia Barrios fueron asesinados. Esta familia habita en la población de Guanayén, en el estado Aragua. La Corte declaró que el Estado venezolano es responsable por la violación de los derechos a la vida, la integridad y la libertad personales, la vida privada, la propiedad privada, la circulación y residencia, las garantías judiciales y la protección judicial, entre otros.
Detrás de todo esto están los cuerpos policiales. Unos ejecutando sin ninguna orden, otros siendo cómplices. El telón de fondo es un sistema judicial que no le provee justicia a los más pobres. Nadie, salvo los familiares, parece que quiere llegar al meollo del asunto. En el caso de la familia Barrios resultó determinante la labor y compromiso de entidades como Cofavic, la Comisión de Derechos Humanos de Aragua y el Centro para la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil).
Siete integrantes de la familia Barrios murieron a lo largo de algo más de una década: Benito, Narciso, Luis Alberto, Rigoberto, Oscar, Wilmer y Juan José.
El resto de la familia ha vivido bajo amenazas, detenciones ilegales y arbitrarias, atentados y allanamientos sin que mediara orden judicial alguna.
La Corte Interamericana en su decisión determinó que es deber del Estado aplicar medidas de prevención y protección, dado que estaba consciente de la situación de riesgo de las víctimas y aún así fueron privadas de sus derechos. Y las autoridades estuvieron al tanto de lo que ocurría, pues el Sistema Interamericano de Derechos Humanos le había otorgado medidas cautelares de protección a la familia y había notificado formalmente al Estado.
Según la Corte, con esta sentencia se busca reparar a las víctimas y sus familiares. El tribunal interamericano ordenó que el Estado haga una investigación penal del caso, determine quiénes son los responsables y aplique las sanciones correspondientes tanto a los responsables de los hechos como a aquellos funcionarios públicos que hayan contribuido con irregularidades del caso. Igualmente debe brindar atención médica y psicológica a las víctimas que así lo soliciten, difundir la Sentencia de la Corte, realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional por los hechos, otorgar becas de estudio a instituciones públicas venezolanas, acciones de capacitación y programas de formación para los funcionarios policiales del Estado Aragua y el pago de indemnización por daños materiales e inmateriales y reintegro de costas y gastos de las víctimas pagados por la Corte.
Como puede verse, en este largo listado de responsabilidades, el Estado tiene una serie de tareas pendientes para resarcir a la familia Barrios.

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