Puerto La Cruz, lunes 21 de mayo de 2012
Contratos de alquiler tendrán un plazo mínimo de tres años
28.07.2011 05:45 AM La Comisión de Administración de la AN continuó ayer con la discusión de la Ley de Inquilinato y aprobó hasta el artículo 57 de 150
Cabello dijo que hay interés en aprobar norma
Caracas.- Los diputados de la Comisión de Administración y Servicios de la Asamblea Nacional (AN) continuaron ayer con la discusión de la Ley de Arrendamiento, con la aprobación de 20 artículos más de la normativa que regulará los contratos de alquiler en el país.
La instancia presidida por el parlamentario Diosdado Cabello (Psuv) debatió y dio luz verde desde el artículo 37 hasta el 57, de un total de 150 apartados, con la participación activa de la Red Metropolitana de Inquilinos y el Movimiento de Pobladores.
Entre los puntos que contaron con el visto bueno de los parlamentarios, está el artículo 46 del proyecto de texto legal, que fija un plazo mínimo de tres años de duración del contrato de alquiler, la ley vigente establece un año.
Cabello dijo a quienes pudieran quejarse, que en países como España la relación arrendaticia tiene una duración no menor a cinco años.
Se añade además “la posibilidad preferencial” de renovar el contrato para el arrendatario, es decir, el propietario no puede sacar al inquilino para meter a otro al término del contrato. Adicionalmente el inquilino puede rescindir el alquiler antes de la culminación de la relación, sin que por ello esté obligado a pagar indemnizaciones o los cánones restantes. “Hay gente inquieta porque no hemos aprobado la ley y debemos acelerar”, expresó Cabello.
La instancia parlamentaria prevé elevar el informe para segunda discusión del instrumento jurídico a la plenaria antes del 15 de agosto, cuando finaliza el período legislativo.
Punto álgido
El diputado por el estado Monagas destacó además que se suprime del texto legal el cobro del depósito de garantía por parte del arrendador.
“Lo común en el proceso de arrendamiento es que el inquilino pague al propietario tres meses de depósito, más un mes de comisión, más un mes por adelantado. Eso es injusto y un aprovechamiento por parte del arrendador”, dijo.
Un punto álgido de la ley que fue diferido es el artículo 58 referido a la fijación de los cánones de alquiler por rentabilidad anual sobre el valor del inmueble.
La propuesta que manejan los diputados es que para un valor de 4 mil 200 unidades tributarias (UT) -Bs.F 319 mil 200- sea 1% anual de rentabilidad; hasta 8 mil 400 UT- Bs.F 638 mil 400, 2%; hasta 12 mil 500 UT -Bs.F 950 mil de 3%; y 4% a partir de 12 mil 501 UT. El Ejecutivo nacional podría hacer cambios por causa de interés nacional.
Los parlamentarios de oposición Enrique Márquez (Un Nuevo Tiempo) y César Rincones (Acción Democrática) sugirieron que en ese aparte la comisión buscara asesoría de expertos en la materia, como la Sociedad de Ingeniería de Tasación de Venezuela, del Colegio de Ingenieros (CIV).
“La idea es que las partes (arrendador y arrendatario) no resulten afectadas y no se desestimule el mercado de alquiler en el país”, dijo Rincones.
Cabello advirtió que no confía en el CIV, aunque aceptó que los adversarios políticos buscaran y presentaran la recomendación.
También pidió al Movimiento de Pobladores y la Red Metropolitana de Inquilinos que elaboren un informe para la semana que viene.
Prohibido
Se conoció que quedarán prohibidos en la nueva Ley de Inquilinato los cobros adicionales como el derecho a cocinar o que el inmueble tenga un costo mayor por el hecho de que esté ubicado, por ejemplo, cerca de una estación del Metro o un centro comercial. Se prevé que el texto legal establezca la creación de la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Viviendas.

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